miércoles, 3 de noviembre de 2010

CONSTITUCIÓN POLÍTICA MEXICANA

CONSTITUCIÓN POLÍTICA MEXICANA
Comenzaré diciendo que la Constitución Mexicana es el órgano rector bajo el cual nosotros, los ciudadanos mexicanos nos regimos.

Debemos considerar a la Constitución como la ley más importante de una nación, ya que es un documento legal que establece los derechos y obligaciones de los ciudadanos y sus gobernantes.

Esto nos recuerda que tenemos leyes que nos organizan y protegen, y que están plasmadas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

A través de ésta se reconoce la soberanía, o sea, la libertad de cada uno de los Estados, que reconoce un poder central que organiza y representa a toda la República.

La Constitución tiene 136 artículos y principia con los derechos que todos tenemos, por el simple hecho de ser humanos. Estos son conocidos como las garantías individuales y entre las más importantes está el derecho a la vida, a la libertad, a la educación, a la atención de la salud, al trabajo, a la tenencia de la tierra, a la religión, a la protección y otros más.

También establece los derechos y obligaciones que tenemos como mexicanos, los que tienen los extranjeros que vienen o viven en el país y los de los servidores públicos.

En ella también está descrita cómo debe ser la forma de gobierno y las atribuciones o sea lo que deben hacer los poderes legislativo, ejecutivo y judicial así como las bases de la organización de la República y los derechos de cada Estado y de la Federación.

También se establecen las bases constitucionales de la educación en México; se establecen los criterios que deben orientar la educación que imparte tanto el Estado como los particulares y las Universidades e Instituciones de educación superior que por ley son autónomas. De igual forma constituye todo un programa ideológico al tomar en cuenta cuestiones tan importantes como lo democrático, lo nacional y lo social.

La Constitución es una aportación de la tradición jurídica mexicana al constitucionalismo universal, dado que fue la primera constitución de la historia que incluye derechos sociales.

Además en la Constitución nos menciona que queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
La Constitución Mexicana vigente está conformada por dos partes: la dogmática y la orgánica. En la primera, quedan consignadas las Garantías Individuales y se reconocen derechos y libertades sociales: Derecho a la Libertad, aboliendo la esclavitud y otorgando Libertad a cualquier individuo dentro del Territorio Nacional; derecho a la libre expresión, asociación y tránsito, libertades esenciales de la nación mexicana; derecho a la educación, siendo ésta otorgada por el Estado de manera laica y gratuita; derecho a la posesión de armas de fuego para seguridad y legítima defensa. Derecho de huelga y organización de los trabajadores en sindicatos; derecho a la libre profesión de cultos; la jornada máxima de 8 horas de trabajo y por último derecho al trabajo digno y socialmente útil.

La parte orgánica corresponde a la división de los Poderes de la Unión y el funcionamiento fundamental de las instituciones del Estado, estableciendo: Una forma de gobierno mexicano como una república federal, representativa y popular; que los Poderes de la Unión están divididos en Ejecutivo (Presidencia de la República), Legislativo (Honorable Congreso de la Unión) y Judicial (Suprema Corte de Justicia de la Nación); que la reelección del presidente queda prohibida. La creación del Municipio libre; y la reforma agraria.

Actualmente sólo podemos pensar en reformas necesarias para mejorar la gobernabilidad, y la consolidación de los derechos ciudadanos y responder a problemas urgentes como es el de los derechos de los ciudadanos.

La reforma de la Constitución exige mayorías contundentes y sólo pueden lograrse en acuerdos entre los principales partidos. Si la reforma se concibe como una jornada única, debe trabajarse para formular una agenda aceptable para todos los partidos y los acuerdos previos sobre las principales leyes. Si en cambio se piensa como una sucesión abierta de iniciativas, lo importante es ponerse de acuerdo sobre las prioridades y los tiempos. El destino sugiere que la reforma debe ser iniciada por el régimen político, es decir, las formas de elección, los equilibrios entre poderes y los mecanismos necesarios para remover los obstáculos a una gobernación efectiva.

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